POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN Y SE SUSTITUYE UN TÍTULO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
POR LA CUAL SE DEFINEN RENTAS DE DESTINACIÓN ESPECÍFICA PARA LA SALUD, SE ADOPTAN MEDIDAS PARA PROMOVER ACTIVIDADES GENERADORAS DE RECURSOS PARA LA SALUD, PARA EVITAR LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN DE APORTES A LA SALUD, SE REDIRECCIONAN RECURSOS AL INTIERIOR DEL SISTEMA DE SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
POR EL CUAL SE INTRODUCEN ALGUNAS MODIFICACIONES A LOS
ARTICULOS 42.18. y 43.1.8 DE LA LEY 715 DE 2001